lunes, 21 de marzo de 2016

Decreto de "Desarrollo del Arco Minero del Orinoco" es un ECOCIDIO - DESTRUYEN NUESTROS BOSQUES Y CONTAMINAN NUESTRAS AGUAS:

     El decreto presidencial de "Zona de Desarrollo Estratégico Nacional Arco Minero del Orinoco.", según el gobierno nacional es "una forma de eliminar la dependencia de la renta petrolera que dejó la IV República"; dependencia que ellos no dejaron de gozar durante 17 años porque fueron incapaces de invertir los recursos adquiridos por la renta del petróleo en proyectos sostenibles y beneficiosos para la sociedad; al contrario se dedicaron a gastar los ingresos de la esa Renta Petrolera para enriquecer sus propios bolsillos y para dar migajas a la población a través de las misiones que más allá de ser un apoyo, son un vicio que acostumbró al venezolano a depender de lo que papá Estado le dé. 
     Ahora con éste ‪#‎Ecocidio‬ el Gobierno pretende sustituir la Renta Petrolera por una Renta Minera, con la diferencia de que el petróleo es nuestro(extraído por PDVSA empresa nacional), mientras que los minerales serán extraídos por empresas extranjeras que no se preocuparán por mitigar el impacto ambiental, su norte al contrario será extraer más y más minerales destruyendo nuestro pulmón natural, dañando la pachamama, tierra y agua sagrada de nuestro país. Imagínense si PDVSA siendo una empresa nacional ha generado tantos daños a su propia tierra, ¿cuantos daños van a generar estas más de 150 empresas extranjeras de más de 33 países del mundo que podrán destruir nuestra tierra libremente para sacar minerales? 


     En palabras del ambientalista UNSHELM BÁEZ: “Hoy, los bosques venezolanos del Orinoco y Amazonas, -donde están las mayores reservas de agua del país-, son devastados, como nunca, por los nocivos efectos de las actividades mineras ilegales de la zona. Con este “Arco Minero”, se profundizará la crisis socioambiental de Guayana".

Además de ser un Ecocidio, el decreto presidencial en sí mismo es inconstitucional pues contraría el preámbulo constitucional que versa: 


"El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica,multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho ala vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad..."
   Con se puede ver, el preámbulo constitucional, reconoce el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad, pero el decreto presidencial no señala el impacto ambiental que la activación del Arco Minero del Orinoco generará en el Parque Nacional Canaima, declarado patrimonio de la Humanidad por la Unesco, y al generar daños como en efecto lo hará, atenta contra el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos que son reconocidos por la constitución como patrimonio común e irrenunciable, independientemente de los beneficios económicos que eso genere. Además se atenta también contra el artículo 127 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que expone: 
"...Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica".
      El decreto presidencial violenta el artículo precitado (127 Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, porque al activar el "Arco Minero del Orinoco", atentará contra Parques Nacionales, áreas de especial importancia ecológica y la diversidad biológica, dañando al mismo tiempo el ambiente y violentando el derecho individual y colectivo de las personas gozar de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. De igual forma el artículo 128 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que expone: 
"Artículo 128. El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas, de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana. Una ley orgánica desarrollará los principios y criterios para este ordenamiento".
     Se violenta el artículo 128 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela porque en ningún momento se está considerando el desarrollo sostenible como premisa al instaurar un sistema económico dependiente de la explotación minera; tampoco se cuenta con estudios de impacto ambiental públicos como lo exige el artículo 129 de la misma C..R.B.V, ni se ha consultado a los habitantes de la zona o se les ha permitido algún tipo de participación ciudadana para la toma de esa decisión, tal como lo expreso Gregorio Mirabal coordinador general de la Organización Regional de Pueblos Indígenas del Amazonas (ORPIA), a entrevista dada a la Prensa de Provea:
"Gregorio Mirabal, coordinador general de la Organización Regional de Pueblos Indígenas del Amazonas (ORPIA) expresó el rechazo y la preocupación de las organizaciones y comunidades indígenas de la Amazonía venezolana ante la reactivación del plan Arco Minero del Orinoco, y la entrega de concesiones a empresas nacionales y transnacionales para la exploración y explotación de oro, coltán, bauxita y otros minerales, en territorios habitados ancestralmente por los pueblos originarios, violando el derecho a la consulta previa, libre e informada y amenazando el hábitat, la cultura y los modos de vida de los pueblos indígenas". Página Web
     Como se ha evidenciado, todo el Decreto de Zona de Desarrollo Estratégico Nacional Arco Minero del Orinoco, es INCONSTITUCIONAL porque contraría todos los preceptos ambientales consagrados en nuestra Constitución; además atenta contra tratados internacionales que protegen a los Pueblos indígenas, como a la Convención número 169 de la OIT ratificado por Venezuela el 22 de mayo del año 2002, que consagra el derecho a la consulta en el artículo 6. 

     Es importante que toda la sociedad activa se una en una sola voz y diga NO al Decreto de Desarrollo Estratégico Nacional Arco Minero del Orinoco, así que vamos a unirnos y a pronunciarnos en redes, prensa y televisión contra lo que será un #EcocidioNacional. Nosotros JUVENTUD UNIDA EN ACCIÓN decimos:  
‪#‎NoalArcoMineroOrinoco‬

Autora: Dalia F. Márquez A.


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